lunes, 10 de diciembre de 2012

EXTRAÑAS DISPOSICIONES MUNICIPALES

Existen en la historia de Buenos Aires numerosos registros de ordenanzas en desuso que hoy pueden provocar alguna sonrisa, pero que en su momento quizás hayan requerido la imposición de una multa.
A continuación refrescamos algunas ordenanzas para tener en cuenta, a fin de evitar problemas con la ley:

*ORDENANZA SOBRE LA VENTA DE PAN

"Cada pan llevará la marca del panadero que lo elabore..." "...La marca deberá ser registrada en la oficina de contraste, bajo la pena de 500 pesos de multa"

*ORDENANZAS SOBRE CASAS DE TRATO

"Si en alguna de las casas de trato donde se venden licores se encontrase algún ebrio, el dueño de ella será condenado a una multa de 100 pesos la primera vez, 300 por la segunda y 500 por toda reincidencia dentro de un año de la primera infracción"

*MEDIDAS HIGIENICAS

"Siendo provechoso mantener limpia la piel y facilitar la transpiración, no debe descuidarse el uso de los baños tibios. Se debe procurar la mayor regularidad en las funciones del vientre.
Se ha de evitar el abuso de purgantes fuertes, como las píldoras drásticas y otras que a la vez de producir el efecto evacuante, originan enfermedades inflamatorias de los órganos digestivos.
De quince en quince días o cuando se sienta la más leve indisposición en el estómago o en el vientre, se deben tomar ligeros purgantes tales como el cremor tártaro, las limonadas gaseosas y de Rogé, el aceite de castor, etc"

*ORDENANZA PROHIBIENDO LA VENTA DE FRUTA VERDE
"Las frutas que se venden en los mercados, plazas, calles, puestos, etc para el consumo de la población deberán ser sanas y maduras. Los que faltaren a esta disposición serán penados con la multa de 50 pesos, decomisándoles además la fruta mala"

Fuente: Memoria de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires - 1861


1 comentario:

  1. hoy si aplicaran multas por ebriedad tendrian que pagar tanto que se fundirian

    salu2

    p.d. un disfrute entrar a tu blog/facebook.

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lunes, 10 de diciembre de 2012

EXTRAÑAS DISPOSICIONES MUNICIPALES

Existen en la historia de Buenos Aires numerosos registros de ordenanzas en desuso que hoy pueden provocar alguna sonrisa, pero que en su momento quizás hayan requerido la imposición de una multa.
A continuación refrescamos algunas ordenanzas para tener en cuenta, a fin de evitar problemas con la ley:

*ORDENANZA SOBRE LA VENTA DE PAN

"Cada pan llevará la marca del panadero que lo elabore..." "...La marca deberá ser registrada en la oficina de contraste, bajo la pena de 500 pesos de multa"

*ORDENANZAS SOBRE CASAS DE TRATO

"Si en alguna de las casas de trato donde se venden licores se encontrase algún ebrio, el dueño de ella será condenado a una multa de 100 pesos la primera vez, 300 por la segunda y 500 por toda reincidencia dentro de un año de la primera infracción"

*MEDIDAS HIGIENICAS

"Siendo provechoso mantener limpia la piel y facilitar la transpiración, no debe descuidarse el uso de los baños tibios. Se debe procurar la mayor regularidad en las funciones del vientre.
Se ha de evitar el abuso de purgantes fuertes, como las píldoras drásticas y otras que a la vez de producir el efecto evacuante, originan enfermedades inflamatorias de los órganos digestivos.
De quince en quince días o cuando se sienta la más leve indisposición en el estómago o en el vientre, se deben tomar ligeros purgantes tales como el cremor tártaro, las limonadas gaseosas y de Rogé, el aceite de castor, etc"

*ORDENANZA PROHIBIENDO LA VENTA DE FRUTA VERDE
"Las frutas que se venden en los mercados, plazas, calles, puestos, etc para el consumo de la población deberán ser sanas y maduras. Los que faltaren a esta disposición serán penados con la multa de 50 pesos, decomisándoles además la fruta mala"

Fuente: Memoria de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires - 1861


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  1. hoy si aplicaran multas por ebriedad tendrian que pagar tanto que se fundirian

    salu2

    p.d. un disfrute entrar a tu blog/facebook.

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